Tribunal declara la suspensión del inicio del juicio con relación al caso Costa Dorada, hasta tanto la Corte de Apelación conozca y falle el recurso del que se encuentra apoderada
El abogado de los querellantes, Juan Tomás Vargas Decamps, declaró su conformidad con la decisión, porque permite a las verdaderas víctimas que puedan ser reivindicadas en sus derechos y no se permita que personas sin calidad se puedan apropiarse fraudulentamente de su empresa.
Santo Domingo, R.D.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró la suspensión del inicio del juicio que se sigue a los señores Rafael Olegario Helena Regalado y Ailec Paloma Soto Garabito, acusados del fraude societario del que han sido víctimas las familias Mayol y Serrano, propietarias verdaderas de Costa Dorada, dueñas de más de 6.3 millones de metros cuadrados en la costa de Baní, al lado del proyecto Puntarena.
Las juezas fijaron como fecha de la nueva audiencia, el 21 de marzo de 2024, a la espera de que la fecha señalada, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional haya conocido y fallado dos recursos que tienen pendientes, uno incoado por las empresas Hilari Mayol, S. A. S., Mayol & Co, S. R. L., Okra Company, L. T. D., y Grand Cays Corporation, y otro por el ministerio público.
Al justificar la decisión, la magistrada Yissell Soto, quien presidía la audiencia, expresó que, por la salud del proceso y por una cuestión de la seguridad jurídica y de garantizar los derechos de todas las partes involucradas, se hacía necesario que el tribunal esperara la decisión de la Corte, puesto que existen en el caso de la especie asuntos que van más allá de lo que el tribunal puede resolver.
La jueza indicó que era su responsabilidad y deber para impartir justicia con equidad. “Ciertamente, el tribunal sabe el impacto de sobreseer un proceso en aquellos que están recibiendo el peso juzgador del estado de los querellantes, no sería muy cómodo, pero el tribunal debe tener todas las vías necesarias para que todos reciban la justicia”, dijo la magistrada Soto al término de la audiencia.
De su lado, la fiscal Magali Sánchez, encargada de Casos Complejos de la Fiscalía del Distrito Nacional, dijo que el Ministerio Público se adhería al pedimento de las sociedades querellantes, porque la decisión del juez de la instrucción también le afecta, ya que el error judicial cometido por el juez de la instrucción le impide presentar en juicio la acusación que hizo suya al adherirse a la de las sociedades querellantes, una facultad que le asiste y que ejerció en el momento procesal oportuno; además, porque luego de una investigación llevada a cabo por el ministerio público, éste reconoció como víctimas a las sociedades querellantes, no a quienes hoy quieren presentarse como tales y en esa virtud pretenden desistir de la acusación.
Agregó que, “Si ellos no hubiesen recusado ya tuviéramos una decisión hace tiempo, pero, recusan y recusan, como tácticas dilatorias, como tácticas temerarias a los fines de que este proceso no se enderece de la manera correcta que debe conocerse”, dijo la representante del Ministerio Público.
Al favorecer la medida del tribunal, Juan Tomás Vargas Decamps, abogado de las familias Mayol y Serrano, dijo que la decisión fue tomada en base al principio de la razonabilidad y por las características propias de este proceso, donde hay unas víctimas que se mantuvieron desde el inicio en 2018 clamando justicia y hoy los acusados quieren que los dejen fuera del juicio.
“Estas víctimas estuvieron a lo largo de la audiencia preliminar y con anterioridad a ello a lo largo del proceso de investigación, depositando pruebas y reclamando derechos. No era justo que se conociera un juicio sin darles la oportunidad de que la Corte de Apelación en su Sala Primera del Distrito Nacional, tenga bien juzgar el recurso de apelación que sometieron estas partes contra determinadas disposiciones de esa resolución que contiene el auto de apertura a juicio”, sostuvo el licenciado Juan Tomás Vargas Decamps.
El jurista que dirige el equipo de abogados que representan a las familias querellantes, sostuvo que la decisión abre el camino para que la Corte pueda hacer lo que le corresponde, examinar esos recursos que le fueron depositados y pueda volver a colocar todas estas empresas en manos de sus verdaderos accionistas. “Para que puedan ser reivindicados sus derechos y no se permita que personas sin calidad se puedan apropiarse fraudulentamente de su empresa”, indicó Juan Tomás Vargas Decamps a la salida del tribunal, presidido por la jueza Yissell Soto e integrado por Clara Castillo y Yuleika Henríquez.
En tanto, representaron el Ministerio Público la fiscal Magali Sánchez, encargada de Casos Complejos de la Fiscalía del Distrito Nacional, y la fiscal María Silvestre, coordinadora del Departamento de Litigación Final.
El consejo de abogados de las familias Mayol y Serrano estuvo integrado por Juan Tomás Vargas, Ignacio Miranda y Addy Manuel Tapia. Entre los familiares, legítimos propietarios, estuvieron en la audiencia Juan Francisco Mayol, Juan Mayol, Jorge Mayol y Pablo de los Santos.
Por los acusados, el exmagistrado Hirohito Reyes, es abogado de Ailec Paloma Soto Garabito y Rodolfo Felipe de Rafael Olegario Helena Regalado.
La audiencia fue iniciada a las 9:30 de la mañana y se prolongó por unas tres horas, incluyendo receso.
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